


6ª Edición (2006-2009)
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DE AMÉRICA [Justo
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INICIO: 20 de OCTUBRE de 2006
NORMATIVA SOBRE ENSEÑANZAS PROPIAS DE LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE, DE SEVILLA
El artículo 28.3 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria faculta a las Universidades para impartir enseñanzas conducentes a títulos propios. El artículo 17 del Real Decreto 778/1998, de 30 de abril (BOE nº 104, viernes 1 de mayo de 1998), por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de doctor y otros estudios posgraduados, se refiere a estas enseñanzas como títulos de posgraduado no oficiales. La expedición de los correspondientes diplomas y títulos propios son objeto de regulación en los artículos 6º y siguientes del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios.
Dichas enseñanzas, cuyo interés radica en responder, de manera ágil y eficaz, a las demandas sociales de tipo cultural, científico, artístico o profesional, complementan el conjunto de enseñanzas curriculares oficiales y forman parte, junto con estas últimas, de la oferta docente de cada Universidad, contribuyendo, en consecuencia, a dotarla de un perfil propio.
Estas enseñanzas son las que, dentro de la normativa vigente, lleva a cabo la Universidad Pablo de Olavide con el fin de facilitar una formación específica o una especialización.
Las referidas enseñanzas son distintas de las de primero y segundo ciclo y de las de Doctorado, teniendo los títulos relativos a estas enseñanzas el carácter de propios de la Universidad Pablo de Olavide y no el carácter oficial que establece el artículo 28.1 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria.
En virtud de las funciones conferidas a la Comisión Gestora, por el artículo 5.1 de la Ley 3/1997, de 1 de julio, de Creación de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, y en desarrollo de lo previsto en el artículo 28.3 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, la Comisión Gestora de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, ha aprobado las siguientes normas sobre enseñanzas propias en su reunión del día 21 de noviembre de 1997.
CARACTERÍSTICAS DEL CURSO
Introducción
El interés creciente de la población por el empleo de técnicas como la Acupuntura, en todos los países del mundo, tiene múltiples causas, de entre ellas destacamos las siguientes:
1. La evolución de la propia Medicina. Las enfermedades han cambiado considerablemente de incidencia desde el siglo pasado hasta nuestros días. Las enfermedades infecto-contagiosas y carenciales son extraordinariamente raras, de otra parte la longevidad o expectativa de vida media es muy distinta, a lo que hay que unir un descenso creciente de la natalidad y supervivencia elevadísima de los neonatos. Por lo tanto son las enfermedades de tipo crónico o degenerativo las que toman la primacía. De otra parte no podemos olvidar la importancia de los factores psicológicos, el modo de enfermar de nuestro siglo contempla cada vez al individuo enfermo como un conjunto indiviso de soma y psique, los desencadenantes etiológicos de trasfondo psíquico son de mayor trascendencia. Por otro lado, el ejercicio de la Medicina tiende a una súper especialización, y lo peor, a una burocratización, que distorsiona la relación médico-paciente hasta hacerla casi desaparecer.
2. La evolución de las variables sociales, económicas y culturales. La dimensión del conocimiento de otras culturas ha aumentado tanto que casi podemos hablar de una homogeneización de los factores culturales por lo que todos participan de una cultura "común". Esto lleva al empleo de técnicas curativas que antes solo eran practicadas por un colectivo racial o cultural "cerrado". De otra parte el convencimiento de la existencia de una desconexión del hombre con la naturaleza, le lleva hoy día a la búsqueda de procedimientos poco intoxicantes o más armoniosos con la realidad del sistema ecológico.
3. El cambio de actitud por parte del enfermo, dentro de lo que podríamos llamar emancipación del paciente frente a la autoridad sanitaria. Libre elección del facultativo y cooperación en la búsqueda de métodos terapéuticos que estime más acordes con él.
Estos y otros razonamientos dan justificación a lo que podemos asegurar, sin miedo a equivocarnos, como una creciente demanda de técnicas naturales para el tratamiento de la enfermedad.
Por lo tanto, el problema de demanda existe, y se agrava por la coexistencia de personal "no médico", que ejerce esta técnica amparado en el vacío legal existente. Si el empleo de la Acupuntura no tuviera como soporte la intervención quirúrgica de atravesar la piel hasta planos profundos, no cabría un temor urgente, pero dadas las características cruentas del método, estamos ante una situación que puede deparar daños importantes de la población tratada, lo cual hace indispensable una formación seria y profunda que asegure la obtención de resultados y evite la aparición de daños por impericia o negligencia.
Para ello, se han venido desarrollando durante los últimos catorce años, un plan ambicioso de carácter formativo, para dotar a los médicos que lo desearan del más alto nivel de conocimientos en el terreno de la Acupuntura. Resultado de la colaboración entre el Area de Docencia del Colegio de Médicos de Sevilla y la Asociación Científica de Médicos Acupuntores de Sevilla , que con el transcurrir de los años ha creado un marco idóneo de carácter formativo, por la gestión docente de ACMAS Huangdi, del que recogemos ahora todo su prestigio para que en el seno de la colaboración con la Universidad “Pablo de Olavide “ de Sevilla aumente sus metas, por la creación de un Título Propio de Master en “Acupuntura Tradicional China y Moxibustión”.
Objetivos docentes
Método a seguir